Poder e instituciones constituyentes: Limpiando la paja del trigo

Categoría: Opinión

Es común escuchar que el actual proceso constituyente chileno refleja una experiencia crucial. Un acontecimiento histórico único en que se decide la forma de su estructura de aquí en más. Pero son escasas las reflexiones que distinguen entre poder e instituciones constituyentes. Lo cierto es que esta identificación, proveniente de la antropología política, es clave para comprender el peso específico del momento.

¿Cuál es la diferencia entre poder e instituciones constituyentes? La primera noción hunde sus raíces más contemporáneas en el contractualismo inglés y francés de los siglos XVII y XVIII. Arranca desde la cuna de la modernidad política europea. Los fundamentos que entregaron autores como John Locke, Thomas Hobbes, Voltaire, Jean Jacques Rousseau, entre otros, fue que el hombre (solo copio y pego el lenguaje patriarcal de la época) dejó su estado de salvajismo individual y decidió vivir en sociedad. Entonces, pactaron un acuerdo de no agresión, coordinaron voluntades para perseguir el bien común y delegaron el gobierno en representantes que provenían de esta sociedad recién constituida. Se llamó contractualismo porque era un contrato tácito entre pares, que entendían que vivir juntos era mejor que vivir como eremitas.

Los autores ilustrados franceses del siglo XVIII enfatizaron que en el minuto en que estos hombres bajaban del cerro y se reunían, brotaba por osmosis un “poder constituyente”. En ese instante mítico nacía la potestad colectiva para decidir por su forma de organización. Nacía y se quedaba. El poder constituyente solo desaparecía si estos hombres decidían separarse y disolver la sociedad.

Así mismo, cuando los hombres delegaban facultad de gobierno en alguno de ellos (da lo mismo si le llamaban rey, primer ministro, cónsul o diputado), el poder constituyente seguía vivo en la sociedad. No se extinguía con el acto de delegación. Esta filosofía política se expandió entre los pensadores y políticos europeos del siglo XVIII y en Francia sepultó la Monarquía Absoluta en 1789.

También la idea viajó a América e hizo estallar las Independencias desde 1810, cuando los criollos decidieron que, como el rey-representante (Fernando VII) había sido tomado prisionero, el poder constituyente estaba en sus manos (y lo estaba también la facultad de optar por la forma de gobierno que debía adoptarse).

Según estos principios básicos, el poder constituyente genera instituciones constituyentes: elecciones, asambleas, constituciones. La coyuntura de una elección para constituyentes, como la que vivimos, se inserta (y se justifica) solo en la convicción política-moderna que indica que el poder constituyente (siempre vivo en la sociedad) puede darse el lujo de decidir, en cualquier momento, de crear y disolver sus instituciones constituyentes. Desde esta perspectiva, la actual coyuntura chilena no crea ni autoriza el poder constituyente, sino que lo actualiza. El poder constituyente permite la elección, reunión y sesión de una asamblea constituyente, no al revés.

El poder constituyente, siguiendo estos viejos principios de la fundación de la contemporaneidad política en occidente, evaluará y fiscalizará después, si la institución constituyente resultante (la constitución) genera las condiciones para perseguir el bien común.

Víctor Brangier Peñailillo

Investigador del Centro de Estudios Históricos UBO

Compartir

Traducir