Polémica ha causado en Puerto Montt, y en todo Chile, el caso de la pequeña Sophia, quien con un año y 11 meses murió a causa de los maltratos y abusos propinados por Francisco Ríos Ríos. A raíz de ello, diversas agrupaciones se han movilizado para exigir justicia, los que van desde el restablecimiento de la pena de muerte, hasta la creación de una ley especial con el nombre de la niña, con el fin de endurecer las sentencias.
Es esta última acción la que parece más real, aún más si revisamos la historia legal de nuestro país. En Chile son múltiples los casos en los que a raíz de peticiones ciudadanas se generan nuevas leyes, fue así como, ante el fallecimiento de la menor Emilia Silva Figueroa, nació la ley Emilia, que sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte.
Otro caso emblemático es la del comunicador Ricarte Soto, que tras un extenso y costoso tratamiento contra el cáncer de pulmón, dejó en evidencia el vacío legal y económico que las víctimas de enfermedades de alto costo sufren. Con la ley que lleva su nombre, se creó el Fondo Nacional de Medicamentos de Alto Costo, vigente desde 2015.
A pesar de los ejemplos anteriores, no es común que las leyes se creen por mociones ciudadanas, es por ello, que para conocer más acerca de este sistema y las posibilidades concretas de generar una “Ley Sophia”, es que hablamos con el académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Bernardo O’Higgins, Mauricio León.
¿Cómo se generan las leyes en Chile?
En Chile las leyes son generadas a través de un procedimiento establecido en la Constitución, en el cual participan el Presidente de la República y el Congreso Nacional. A diferencia de otros países, en nuestro país no existe la llamada “iniciativa popular de ley”, esto es, la posibilidad de que un ciudadano o grupo de ciudadanos presente directamente proyectos de ley al Congreso, sin perjuicio de que habitualmente los proyectos de ley presentados por parlamentarios recogen algún sentir popular o bien solicitudes informales de grupos intermedios. En cuanto al plebiscito, la Constitución solo lo contempla en un caso específico de reforma constitucional, pero no respecto de las leyes comunes.
¿Qué refleja que sea la ciudadanía la que pide la creación de ciertas leyes?
La respuesta a esa pregunta requeriría de un estudio sociológico sobre la vinculación entre política criminal, ciudadanía y opinión pública. Sin embargo, para nadie es un misterio que los medios de comunicación – no solo en Chile, por cierto – tienden a enfatizar noticias de crónica roja que, por sus características, generan indignación en la población y la sensación de que las leyes penales son insuficientes o imperfectas. Falta educación cívica para que la población comprenda que el derecho penal no es un mecanismo de venganza o expiación, sino un aparato represor con un déficit de legitimidad que requiere de una adecuada justificación y racionalización.
Puntualmente con el llamado a crear la “Ley Sophia”, ¿qué se necesita para que esta se concrete?
Si lo que se pretende con la llamada “Ley Sophia” – por ahora sólo podemos especular sobre su contenido – es un proyecto de ley que reestablezca la pena de muerte, dicha norma sería inconstitucional considerando los compromisos internacionales del Estado de Chile en materia de Derechos Humanos, que representan un límite al ejercicio de la soberanía. Y si lo que se pretendiera es únicamente aumentar la pena asignada al parricidio, una pena aumentada no podría ser aplicada al caso que motivó este revuelo público, ya que la ley penal jamás puede tener efecto retroactivo si se trata de una ley más gravosa para el imputado.
Legalmente, ¿cómo se entiende que un personaje con un prontuario tan largo, haya estado libre?
Sería necesario conocer a cabalidad los detalles concretos de sus antecedentes penales para dar una respuesta adecuada. Por una parte, existen muchos delitos que, pese a generar alta conmoción pública – la que se ve potenciada por los medios de comunicación – poseen penas relativamente bajas, como las lesiones leves o las amenazas. En contextos de violencia intrafamiliar, además, es común que muchas causas finalicen sin una sentencia por el retracto del denunciante. Por otra parte, la altísima población penal en Chile y el déficit del sistema penitenciario hacen necesaria la existencia de penas sustitutivas a la prisión en ciertos casos, contempladas en la Ley 18.216.
Ante este caso se ha propuesto restablecer la “pena de muerte”, ¿qué tan realista es la solicitud? ¿Qué se requiere para ello?
La demanda por restablecer la pena de muerte es absolutamente inviable en términos jurídicos ya que no depende de la voluntad soberana, sino de compromisos internacionales en materia de derechos humanos. Si bien es efectivo que la pena de muerte jamás fue abolida, por lo que no sería aplicable el artículo 4.3 del Pacto San José de Costa Rica, esta no podría extenderse a otros delitos. El restablecimiento pasaría por denunciar dicho pacto, lo cual es políticamente impracticable. Los legisladores conocen perfectamente esta situación y la aparente voluntad por restablecer la pena de muerte no es, a mi juicio, más que una forma particularmente grosera de populismo.
A título personal, le parece que los legisladores en Chile, en términos de delincuencia, son más reactivos que propositivos?
El grueso de la legislación penal chilena tiene casi un siglo y medio de vigencia. Naturalmente la sociedad ha cambiado muchísimo y el legislador penal debe necesariamente reaccionar frente a los nuevos fenómenos delictuales, pero en lo que respecta a los delitos clásicos descritos en el Código Penal es conveniente una readecuación sistemática. En las últimas décadas han existido diversas comisiones de estudio para un nuevo Código Penal. La última de ellas finalizó con un anteproyecto que fue presentado al gobierno para su estudio el año 2015, pero un proyecto de tal magnitud requiere de una planificación compleja y desvinculada de la contingencia.