Para los chilenos, permanecer más de ocho horas diarias en el trabajo ya no es sinónimo de inclusión y/o productividad laboral, debido a que las nuevas generaciones demandan flexibilidad a sus empleadores para desarrollar diferentes actividades que favorezcan a la calidad de vida y, por ende, a su rendimiento profesional.
En ese sentido y para evolucionar a un Chile vanguardista, el Presidente Sebastián Piñera presentó el proyecto “Ley de Trabajo a Distancia”, iniciativa que privilegia el cumplimiento de objetivos para que los trabajadores realicen sus labores fuera del espacio físico tradicional. Ante esto, ¿seremos testigos del final de los escritorios y oficinas?
Para profundizar en este tema, el académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Bernardo O’Higgins, Fernando Hidalgo, nos cuenta detalles de un proyecto de Ley que beneficiaría a estudiantes, personas en situación de discapacidad, adultos mayores, trabajadores que están lejos de centros urbanos, ente otros.
¿En qué consiste el proyecto “Ley de trabajo a distancia”?
Si bien es cierto que la institución del trabajo a distancia está vigente desde el año 2001 en nuestra legislación, el proyecto busca que los empleados con ciertas obligaciones o inhabilidades que son incompatibles con las jornadas laborales tradicionales puedan pactar de forma voluntaria, con su empleador, que el trabajo se realice fuera de la empresa. De esta forma, las organizaciones se harían cargo de una demanda que anhela mayor libertad y adaptabilidad para trabajar.
¿Cuáles son las obligaciones de los empleadores?
La obligación más importante del empleador es acordar el lugar o lugares en que el trabajador deberá prestar sus servicios y que puede ser el hogar del trabajador u otro lugar convenido. Además, el empleador debe determinar los sistemas de control y gestión e informar al trabajador de todos los riesgos de sus labores.
¿Cuál es el beneficio de trabajar desde la casa?
Como parte de los procesos de flexibilidad laboral que enfrentan las empresas, esta legislación permite que los trabajadores no se desplacen a sus lugares de trabajo y utilicen medios tecnológicos, adaptándose a las nuevas realidades del mercado. Es así como se incentiva la inserción laboral de personas con movilidad reducida, que los ciudadanos tengan más tiempo de ocio y para compartir con la familia y amigos.
Entonces, ¿qué relación tendría esta iniciativa con la inclusión?
Comparten algo en común, ya que ambas normativas son herramientas de inclusión, pero sus objetivos son distintos. La Ley 21.015 busca incorporar a las empresas a personas con discapacidad y también hacer más flexibles los procesos de selección de personal respecto a dichos trabajadores; mientras que la Ley de Trabajo a Distancia tiene como principios rectores la modernización del trabajo y la vida familiar.
De acuerdo a uno de los principios de la legislación, ¿aportaría a la descentralización del país?
Podríamos decir que si aportaría a la descentralización del país, pero también hay que señalar que solo un 1% de los trabajadores laboran desde sus casas, es decir, unas 50.000 personas y la gran mayoría lo hace en la forma más tradicional, es decir, desde la oficina o la empresa. Lamentablemente, no hay estudios que puedan avalar este objetivo buscado por el Ejecutivo, por lo que debemos estar a la espera de la resolución de la Cámara Alta y Baja.
¿Ha hallado alguna discordancia en la nueva legislación?
En general es una buena iniciativa, sin embargo, ha recibido algunas observaciones. La primera es la duración de la jornada de trabajo y, en este sentido, el Ejecutivo asevero categóricamente que no va a aumentar y que beneficiará a sectores del retail, comercio y trabajos tecnológicos; la segunda es la asimetría entre el empleador y el trabajador al momento de establecer estos pactos; mientras que la tercera es la aplicación de los derechos individuales y colectivos a este tipo de trabajadores.