Columna de opinión: «Fuero maternal para las funcionarias de las fuerzas armadas, de orden y de seguridad pública. Un avance hacia la equidad de género y la protección a la maternidad»

Categoría: Opinión

El 17 de Enero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.129 , que modificó diversos cuerpos legales, incorporando el fuero maternal para la madre y el padre trabajador de las Fuerzas  Armadas, de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, estableciendo a la maternidad como un bien jurídico de especial relevancia,  dentro de un  marco de modernización de las relaciones laborales y de la agenda mujer, siendo parte de las 22 iniciativas presentadas en el mes de mayo por el ejecutivo en materia laboral.

Al revisar la historia fidedigna de la ley, se denota  la especial preocupación de los diputados  promotores de la iniciativa legal, entre los que se cuentan la diputada Marcela Sabag y la ex diputada Karla Rubilar y del  Ministerio de la Mujer y de la Equidad de Genero, en orden a establecer un  mecanismo eficiente  de protección de la maternidad, de la vida familiar y del interés superior del niño, señalando que tanto los Tribunales de Justicia, como la Contraloría, al pronunciarse sobre estos temas, deben reconocer los derechos consagrados en la Constitución Política de la Republica y  los Convenios Internacionales vigentes e incorporados a nuestra legislación, estableciendo que no puede haber casos de discriminación arbitraria por motivos de salud  de mujeres que se encuentran en una misma posición jurídica respecto de otras y, por ende,  cualquiera sea la causal que de origen al retiro de las funcionaria de dichas instituciones , esta no puede producirse en la medida que estas se encuentren embarazadas.

En la actualidad, y así lo ha reconocido el gobierno, hay una política de no realizar ningún trato diferenciador, tomando en cuenta siempre la dignidad humana y en este sentido, al  establecer estas normas de protección al embarazo,  se ha dado uno de los pasos más significativos hacia la plena igualdad de derechos de las mujeres que trabajan en estas instituciones.

El fuero laboral es una protección especial que tienen los trabajadoras y trabajadores que están en una  clara situación de  vulnerabilidad, y en ese orden,  la ley  viene a modificar el DFL Nº 2 de 1997 del Ministerio de Defensa Nacional, que establece el estatuto del personal de las Fuerzas Armadas; el Decreto Nº 142 del Ministerio de Defensa Nacional, que fija el texto del personal de Carabineros de Chile y el D.F.L de 1980, que regula al personal de la Policía de Investigaciones,  estableciendo la plena aplicación del fuero maternal del artículo  201 del Código del Trabajo, es decir, protege a la mujer durante el periodo del embarazo y hasta un año despues de expirado el descanso de maternidad.

Uno de los efectos más importantes de esta normativa es que estas trabajadoras no podrán ser desvinculadas cuando esten gozando de fuero maternal, a pesar de haber incurrido en alguna causales de retiro, como puede ser, por ejemplo,  las necesidades del servicio que establece el art. 53 de la Ley Organica Constitucional de las Fuerzas Armadas.

En conclusión, podemos señalar que esta iniciativa es una de las más importantes en relación a la equidad de genero y es un avance decisivo en la eliminación de todo tipo de figuras discriminatorias hacia la mujer.

Fernando Hidalgo Araya

Docente Coordinador de Vinculación con el Medio y Aseguramiento de la calidad

Escuela de Derecho

Facultad de Ciencias Sociales

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